El concejal (UCR) Daniel Augusto González presentó un proyecto de ordenanza solicitando la derogación del “Código de Nocturnidad de la ciudad de Eldorado”, argumentando que dicha normativa “resulta obsoleta e ineficaz, no habiendo cumplido los objetivos de su sanción”.
Ante la iniciativa del edil radical, E24N decidió acudir en consulta a la Dra. Nora Ortiz a cargo del Juzgado Municipal de Faltas, órgano jurisdiccional que aplica la normativa cuya derogación se pretende.
La magistrada brindó una relato de cuáles fueron los motivos que llevaron a la sanción de la Ordenanza N°015/2007 “Código de Nocturnidad” y cuál sería el marco legal aplicable, así como las autoridades de constatación y juzgamiento ante la eventual derogación normativa.
“En vistas a la situación crítica que atravesaba la nocturnidad al tiempo de sanción del código de nocturnidad, un grupo de padres decidió convocar a las autoridades municipales de los tres poderes a fin de trabajar sobre una normativa que pueda ayudar a controlar la nocturnidad de la ciudad de Eldorado”.
Como resultado de esas reuniones se sanciona el Código de Nocturnidad, ordenanza vigente en el ejido municipal que vino a complementar a la Ley Contravencional de la Provincia XIV-N°5 (Antes Ley 2.800) que regula la nocturnidad en el territorio provincial. “Lo que se hizo fue receptar la normativa provincial, a la que se incorporaron artículos que contienen preceptos legales que abordan la problemática nocturna propia de nuestra localidad, un ejemplo de ello es la incorporación del Art 10° que prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y en el interior de los vehículos en la vía pública, considerando infractor a quien consume la bebida alcohólica y solidariamente al titular registral, poseedor y/o conductor del vehículo, según sea el caso”.
La magistrada explicó que actualmente los inspectores municipales son los encargados de constatar las infracciones al régimen del código de nocturnidad y la autoridad de juzgamiento es el Juzgado Municipal de Faltas y que ante la derogación de la normativa, los inspectores municipales y el juzgado de faltas dejarán de ser competentes para la constatación y juzgamiento de aquellas infracciones relacionas con la nocturnidad.
Ante dicha situación la jueza Ortiz destacó que en caso que se derogue el Código de Nocturnidad de la ciudad de Eldorado, permanece vigente el Código Contravencional de la Provincia y las infracciones cometidas al régimen de esa norma serán constatadas por la Policía de la Provincia y juzgadas por el Juzgado de Paz con asiento en la ciudad. Es decir serán las autoridades provinciales las encargadas del control y aplicación del régimen jurídico que permanece vigente, perdiendo las autoridades municipales injerencia en la materia.