Luego de una presentación realizada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, la Justicia ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información pública solicitada sobre el servicio de transporte urbano.
Según informaron los letrados que iniciaron la demanda, el Juzgado hizo lugar al amparo presentado contra el municipio y dispuso que el Ejecutivo municipal complete la información requerida mediante una respuesta unificada, orgánica e íntegra.
El origen de la acción judicial se remonta al 1º de octubre de 2025, cuando la empresa ETCE/Grupo Kenia interrumpió el servicio de transporte urbano, dejando a la ciudad paralizada. Al día siguiente, el 2 de octubre de 2025, la Municipalidad firmó con la empresa un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, posteriormente convalidado por el Concejo Deliberante.
En ese contexto, con la ciudad recién salida de un paro total del transporte, Fuentes y Galeano presentaron un pedido administrativo de acceso a la información pública para conocer cómo se calculó esa deuda millonaria, cuáles eran sus respaldos administrativos, qué pagos se realizaron, qué documentación los justificaba y qué decisiones políticas y administrativas permitieron concretar el acuerdo.
En el amparo también se solicitó acceso a los comprobantes de pago realizados en el marco del convenio, a las actuaciones que llevaron a esa negociación, a la aprobación del acuerdo por parte del Concejo Deliberante, al detalle del período en que la Municipalidad se abstuvo de reclamar el Derecho de Registro de Inspección de Seguridad e Higiene y a toda otra documentación vinculada al servicio público de transporte.
Asimismo, se requirió información sobre intimaciones, sanciones, intercambios epistolares, resoluciones, controles y actuaciones relacionadas con la licitación del servicio y con la posterior contratación directa.
El fallo judicial adquiere relevancia porque establece que la respuesta deberá presentarse en un único informe, lo que implica que no será suficiente una contestación dispersa o fragmentada. De esta manera, la Justicia ordena que el municipio responda de forma integral y garantice el acceso a la información pública sin criterios de discrecionalidad política.
